martes, noviembre 27, 2007

La Sentencia T - 453 en multimedia

La Sentencia T-453 de 2005, promulgada por la Corte Constitucional Colombiana, significa un gran avance hacia el respeto de la intimidad de las víctimas de violencia sexual. Les invitamos a conocer su origen, antecedentes e impacto, en una presentación multimedia realizada por la Fundación Mujer y Futuro, con el apoyo del Fondo para la Acción Urgente (Urgent Action Fund) y la Fundación Tides (Tides Foundation).

Haga click en la imagen para entrar a la presentación.
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martes, junio 26, 2007

SE HIZO JUSTICIA

El pasado 19 de junio, el Tribunal de Justicia de Bucaramanga condenó al diputado Jorge Enrique Orejarena Colmenares a 145 meses de prisión y a pagar una cuantiosa indemnización a la joven Sandra Liliana Orejarena Troya, por el delito de acceso carnal violento en persona puesta en incapacidad de resistir.

Esta sentencia del Tribunal se convierte en una voz de aliento, no sólo para las víctimas de los delitos sexuales, sino para todas las mujeres que participaron en el proceso de acompañamiento a Sandra en su búsqueda de justicia.

En el fallo emitido por el Tribunal de Justicia de Bucaramanga, es destacable la manera clara como los magistrados analizaron el caso y paso a paso fueron descartando los argumentos con los cuales el Juez Séptimo Penal del Circuito, Jorge Enrique Carvajal, declaró la duda procesal y dejó libre al Diputado el 4 de abril de 2005.

Como se recordará, durante el proceso se tuvieron en cuenta una serie de pruebas conducentes más a investigar a la víctima que al acusado. Fue partir de estas pruebas que el Juez estableció la mencionada duda procesal que puso en libertad a Jorge Enrique Orejarena. Dos años después, sin embargo, el Tribunal de Bucaramanga se pronuncia en contra del Diputado, ordenando su detención y el traslado inmediato la Cárcel Modelo de esta ciudad.

Es necesario mencionar que la decisión condenatoria emitida por el Tribunal de Bucaramanga, acoge de lleno el concepto pronunciado por la Corte Constitucional en la Sentencia N° T-453 de 2005, en respuesta a una tutela instaurada por Sandra Liliana Orejarena Troya contra el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Bucaramanga.

Básicamente, la Corte Constitucional en su sentencia ordenó al Juez Séptimo del Circuito ¨excluir del acervo probatorio del proceso penal seguido contra Jorge Enrique Orejarena Colmenares...¨ una serie de pruebas que consideró ¨viciadas¨, precisamente por su pretensión de poner en duda la integridad moral de la víctima.

Adicionalmente, la Corte Constitucional, en el tercer punto de su sentencia, se asegura de ¨prevenir a los funcionarios judiciales competentes para que se abstengan de ordenar la práctica de pruebas (i) que invaden de manera irrazonable o desproporcionada el derecho a la intimidad, o (ii) que tengan como finalidad demostrar que de la vida íntima anterior o posterior de la mujer se infiere que prestó su consentimiento a un acto sexual completamente separado al que fue objeto de denuncia¨.

El desenlace del caso de Sandra Orejarena nos complace a todas y cada una de las integrantes del movimiento de mujeres de la región y del país, quienes durante todo este proceso hemos depositado nuestra confianza en la justicia y hemos llevado a cabo un ejercicio de exigibilidad y veeduría de manera civilista y pacífica.

Somos concientes de que las acciones promovidas desde la Fundación Mujer y Futuro y realizadas por el movimiento de mujeres, han aportado en gran parte a la construcción de una plataforma jurídica que protegió a Sandra Orejarena y, en general, a todas las víctimas de delitos sexuales que tienen el valor de denunciar a sus agresores y mantenerse firmes en la búsqueda de dignidad y justicia.

domingo, junio 24, 2007

EL VIDEO "SANDRA SOMOS TODAS, TODAS SOMOS SANDRA"

Para refrescar la memoria, les invitamos a ver el documental "Sandra somos todas, todas somos Sandra", en el cual se registra el desarrollo de la campaña en torno al Caso Sandra, realizada por el movimiento de mujeres y liderada por la Fundación Mujer y Futuro.

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jueves, noviembre 17, 2005

El TRASLADO DEL PROCESO AL TRIBUNAL DE ARAUCA EN EL CASO SANDRA OREJARENA PONE EN RIESGO LAS GARANTÍAS JUDICIALES DE LA VÍCTIMA.

COMUNICADO DE PRENSA

Por discrecionalidad del Magistrado de conocimiento Jairo Remolina Cáceres, fue entregado el expediente de Sandra Orejarena a descongestión judicial y así, por decisión de la oficina judicial de Bucaramanga, fue enviado el pasado 8 de noviembre de 2005 al Tribunal de Arauca.

Si bien, se desconocen los motivos de esta decisión, que se tomó teniendo en cuenta un acuerdo emitido por el Consejo Superior de la Judicatura, consideramos que esta disposición pasa por alto la relevancia del caso y, a su vez, pone en peligro la protección de las garantías judiciales para la víctima.

Dos años han trascurrido desde la ocurrencia de los hechos, y siete meses desde la sentencia de segunda instancia que absuelve a Jorge Enrique Orejarena, con base en pruebas que atentan contra los derechos fundamentales de la víctima, como expresamente lo señaló en la sentencia de tutela la Corte Constitucional (T- 453 de 2005).

Exigimos verdad, justicia y reparación para Sandra Orejarena en tanto el traslado del expediente al Tribunal de Arauca constituye un obstáculo en el logro de la justicia. Siendo este un tribunal promiscuo, sin ningún grado de especialidad en materia penal, que cuenta con tan sólo 45 días para fallar y conocer el caso a profundidad, el análisis y valoración de las pruebas está supeditado a muy corto tiempo, lo cual en últimas determinará que la decisión se tome sin la profundidad y relevancia que el caso amerita.

En nuestra acción contra la impunidad le hacemos un llamado al Estado colombiano, a la administración de justicia y a la sociedad por la dignidad y la justicia en el caso Sandra Orejarena Troya.


Bucaramanga, 17 de noviembre de 2005

Fundación Mujer y Futuro, Ruta Pacífica de las Mujeres, Red Nacional de Mujeres y Grupo de Género y Sexualidad UIS

viernes, mayo 27, 2005

LA CORTE CONSTITUCIONAL PROTEGIO LOS DERECHOS A LA INTIMIDAD Y AL DEBIDO PROCESO DE SANDRA OREJARENA

COMUNICADO DE PRENSA

LA CORTE CONSTITUCIONAL TUTELA LOS DERECHOS DE SANDRA OREJARENA AL DEBIDO PROCESO Y A LA INTIMIDAD DENTRO DEL PROCESO JORGE ENRIQUE OREJARENA

La Corte Constitucional de Colombia en sentencia No. T 453 de 2005, cuyo ponente fue el magistrado Manuel José Cépeda Espinosa resolvió revocar los fallos adoptados en la primera y segunda instancia de la acción de tutela instaurada por Sandra Liliana Orejarena Troya contra el juzgado séptimo penal del circuito de Bucaramanga y ordena excluir un grupo de pruebas del acervo probatorio del proceso penal seguido contra Jorge Enrique Orejarena Colmenares por el delito de acceso carnal en persona en incapacidad de resistir.

Según la sentencia “En conclusión, el Juez Séptimo Penal del Circuito vulneró los derechos a la intimidad y al debido proceso de la víctima, al admitir, practicar y dejar de excluir pruebas que estaban orientadas a indagar sobre el comportamiento sexual de la víctima con anterioridad a los hechos objeto de investigación, sin que la limitación de su derecho a la intimidad fuera razonable y proporcionada. Este llevó a que el proceso penal se apartara de sus finalidades primigenias—la realización de la justicia y la aclaración de la verdad— y se transformara en un mecanismo de reproducción de prejuicios sociales adversos a las mujeres víctimas de conductas que podrían configurar delitos en contextos sexuales”.

Las pruebas que la corte ordena revocar son:

- La declaración de MIGUEL ÁNGEL PINTO HERNÁNDEZ, quien fue solicitado para declarar sobre la relación amorosa que sostuvo la denunciante Sandra Liliana con el señor Samuel Pabón.

- La ampliación de la declaración de RATMINI HORTA TROYA Y NUBIA ESTHER TROYA RÍOS, prima y tía respectivamente de la denunciante Sandra Liliana sobre aspectos relacionados con la vida íntima de Sandra Liliana Orejarena.

- “Dictado grafológico a la ofendida Sandra Liliana, a fin de cotejarlo con el escrito relacionado en el folio 295 C.O. #1”, que se refiere a la relación amorosa de la víctima con Oscar Darío Ordoñez, su ex novio.

- La certificación solicitada a la Escuela de Formación Administrativa y en Salud de Santander -EFASS-, sobre el comportamiento general de Sandra Liliana en la época en que era estudiante de dicha institución, y si vio clases de farmacología, específicamente sobre psicofármacos.

- Las declaraciones de OSCAR DARÍO ORDÓÑEZ, ex novio de Sandra Liliana, a fin de establecer su comportamiento social y sexual.

- Las declaraciones de Alejandra N. y Fabiola N., subordinadas del procesado, Jaime Quiñónez, Oscar Rincón, Romana Orejarena, Azucena Rincón y Juan Carlos Pabón, conocidos de la víctima, que según la tutelante, no estuvieron con la víctima y el procesado la noche de los hechos, por lo cual resultan impertinentes.

- Carta aportada por Nubia Troya, como escrito en el que se evidencia la relación de la víctima con Samuel Pabón;

- Pruebas relativas a los medicamentos supuestamente encontrados dentro de las pertenencias de Sandra Liliana Orejarena


En consecuencia, el juez de segunda instancia deberá excluir las pruebas mencionadas y abstenerse de valorarlas.

Fundación Mujer y Futuro, Mujeres en Pie, Ruta Pacífica de las Mujeres, Grupo de Género y Sexualidad UIS, Asociación Luz y Vida, Red Nacional de Mujeres, Red Colombiana de Mujeres por los Derechos Sexuales y Reproductivos.

miércoles, abril 06, 2005

¡LA JUSTICIA FALLÓ! JORGE ENRIQUE OREJARENA LIBRE


¿No le da a Usted VERGÜENZA?

Entre Bucaramanga, Lebrija, Girón y Florida
se denuncian tres violaciones cada dos días.


• El movimiento de mujeres de Bucaramanga manifiesta su pérplejidad por el fallo emitido el 4 de abril de 2.005 por el juez séptimo, con el cual condena a la víctima señalándola de mentirosa y absuelve al procesado otorgándole el beneficio de la duda.

• Con el fallo dictado por el juez séptimo, la justicia en Bucaramanga retrocede enormemente, demostrando su incapacidad para enfrentar los delitos sexuales y su desconocimiento de las normas de derecho internacional mediante las cuales se protege a las víctimas de violación.

• El fallo no absuelve al ex diputado Jorge Enrique Orejarena basado en las pruebas. Por el contrario, se basa en el cuestionamiento de la víctima.

• El Fallo repercute en la seguridad de las mujeres y en su confianza de la justicia.

• Las mujeres de la ciudad no van a denunciar las violaciones por temor a seguir siendo victimizadas por el aparato de justicia.

• Con este fallo absolutorio, los violadores se sentirán con permiso para delinquir.

• La veeduría ejercida por las organizaciones de mujeres de la ciudad y el país en el caso de Sandra Orejarena ha sido descalificada por la procuraduría, la fiscalía y hasta por el propio juez séptimo del circuito penal, tildándola de amarillista y de ser un mecanismo de presión indebida, a pesar de que la Corte Suprema de Justicia reconoció como legítimas y ajustadas a los principios de democracia todas las acciones de acompañamiento y veeduría realizadas por las mujeres, en su reclamo de justicia en la caso Sandra.

• El movimiento de mujeres seguirá apoyando a Sandra Orejarena y apelará el fallo absolutorio, acudiendo a todos los mecanismos en su búsqueda de verdad y justicia.

Fundación mujer y Futuro, Red Nacional de Mujeres, Ruta pacífica de las Mujeres, Mujeres en pie, Asociación de Mujeres Artesanas Luz y Vida, Taller Protejer, Mujeres de la Iglesia Luterana, Grupo de Género y Sexualidad-UIS, Iniciativa de Mujeres Colombianas por la paz, Redepaz.

martes, abril 05, 2005

ABSUELTO EL EX DIPUTADO JORGE ENRIQUE OREJARENA. INDIGNACIÓN POR LA SENTENCIA

Aunque era una decisión esperada, dados los niveles de impunidad, corrupción e "injusticia" de la JUSTICIA EN COLOMBIA, especialmente en los casos de violencia de género y, particularmente, de los delitos sexuales, no dejamos de sentir una tremenda indignación por la sentencia absolutoria del Señor Jorge Enrique Orejarena. El juez Séptimo penal del circuito Jorge Enrique Carvajal, dictó fallo absolutorio, que deja en libertad a Jorge Enrique Orejarena Colmenares.

Agradecemos el acompañamiento y la solidaridad que han tenido con ésta campaña y esperamos seguir contando con su solidaridad en la continua búsqueda de justicia que amerita este caso, en el cual ustedes y nosotras debemos seguir trabajando. En éste momento estamos leyendo la sentencia y les estaremos enviando mayor información a partir de mañana a través de este medio.

Para mañana, jueves 6 de marzo, realizaremos una rueda de prensa, en la cual presentaremos a los medios los pasos que adelantará la campaña Por Sandra Dignidad y Justicia como reacción a la sentencia absolutoria dictada por el juez séptimo penal del circuito.

POR SANDRA, DIGNIDAD Y JUSTICIA
JUSTICIA Y REPARACION PARA LAS VICTIMAS DE LOS DELITOS SEXUALES


Agradecemos:
Fundación mujer y Futuro, Red Nacional de Mujeres, Ruta pacífica de las Mujeres, Mujeres en pie, Asociación de Mujeres Artesanas Luz y Vida, Taller Protejer, Mujeres de la Iglesia Luterana, Grupo de Género y Sexualidad-UIS, Iniciativa de Mujeres Colombianas por la paz, Redepaz.

viernes, marzo 11, 2005

SE REANUDA AUDIENCIA PÚBLICA

Este lunes 14 de marzo, a partir de las 8 de la mañana, en el Juzgado Séptimo Penal, se reanuda la audiencia pública del caso Sandra Orejarena, suspendida desde el 24 de enero para efectos de recopilar nuevas pruebas y citar a nuevos testigos.

La audiencia está prevista que se desarrolle durante los días lunes y martes. Nuevamente, hay gran expectativa en la opinión pública por los resultados de esta audiencia. Y al igual que en las sesiones anteriores, las organizaciones de mujeres de la ciudad harán presencia activa durante los dos días, reafirmando su apoyo a Sandra y cumpliendo con su papel de veeduría al proceso, con el propósito de garantizar un juicio transparente.

La Fundación Mujer y Futuro, la Ruta Pacifica de Mujeres y otras organizaciones de mujeres de la ciudad, convocamos a toda la ciudadanía y a los medios de comunicación a participar con su presencia, para apoyar y reforzar los procesos de justicia y reparación para las víctimas de los delitos sexuales.

LA VIOLENCIA SEXUAL ES UN CRIMEN QUE ATENTA CONTRA LA VIDA Y LA DIGNIDAD DE LAS MUJERES, NIÑAS Y NIÑOS, por eso es necesario que todas y todos contribuyamos en la erradicación de esta atroz violencia.

POR UNA PRONTA, TRANSPARENTE Y CUMPLIDA JUSTICIA PARA LAS MUJERES, NIÑOS Y NIÑAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA SEXUAL

Bucaramanga, 11 de marzo de 2005.

sábado, marzo 05, 2005

IRREGULARIDADES EN INSPECCIÓN JUDICIAL

COMUNICADO DE PRENSA
CASO SANDRA OREJARENA


LA TRANSCRIPCION DE LA INSPECCION JUDICIAL NO CORRESPONDE A LO DICHO EN LA DILIGENCIA

Carmen Alicia Mestizo, abogada de Sandra Liliana Orejarena Troya, se pronunció sobre el manejo fraudulento del proceso por parte del juzgado.

De acuerdo con los hechos, el día 2 de febrero de 2005 se realizó una inspección judicial en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Bucaramanga, con el fin de verificar el correcto procedimiento sobre la toma de muestras, su custodia y almacenamiento.

Manuel Antonio García León actuó como secretario de la diligencia y utilizó una grabadora para registrar lo que allí ocurrió.

La trascripción de la inspección no corresponde a lo dicho en la diligencia, tergiversa toda la información, contiene textos confusos y amañados que solo sirven para crear la duda a favor del procesado.

Contradiciendo la ley, esta trascripción no es presentada para ser revisada y firmada por los declarantes: director del Instituto de Medicina Legal, Dr. Jorge Humberto Rueda, Dr. Armando Vargas, ni a los funcionarios del CTI que estuvieron presentes.

La abogada Carmen Alicia Mestizo representante legal de la victima, denuncia éstas irregularidades ante la Fiscalia General de la Nación, con copia al Consejo Superior de la Adjudicatura, al Instituto Nacional de Medicina Legal seccionales Bogota y Bucaramanga y Ongs de Derechos Humanos .

Bucaramanga, 04 de Marzo de 2005

martes, marzo 01, 2005

CORTE CONSTITUCIONAL REVISA TUTELA A LA LUZ DEL PROTOCOLO DE ROMA

El Magistrado de la Corte Constitucional, Manuel Cepeda, encontró méritos para la revisión de la tutela interpuesta por la abogada Carmen Alicia Mestizo, mediante la cual se exigía la protección de los derechos fundamentales de Sandra Liliana Orejarena Troya, vulnerados por la autorización del Juez 7º del circuito para recoger una serie de pruebas orientadas a investigar la conducta pasada de la víctima.

Estas pruebas fueron requeridas por la defensa del ex diputado Jorge Enrique Orejarena y autorizadas por el juez de la causa, lo cual en su momento fue considerado improcedente por la representante de Sandra Orejarena, la abogada Carmen Alicia Mestizo. Sin embargo su objeción no fue atendida, razón por la cual interpuso una acción de tutela que tampoco prosperó. Como último recurso, la abogada acudió a la Corte Constitucional, donde su reclamo ha sido atendido y será objeto de revisión, bajo ponencia de Magistrado Manuel Cepeda.

Se espera que este hecho siente un precedente que permita adecuar el Protocolo de Roma de la Corte Penal Internacional a la realidad colombiana. El Protocolo de Roma prohíbe expresamente investigar la conducta personal en el pasado de las víctimas de violencia sexual.

Investigar el pasado de la víctima ese precisamente lo que ha pretendido la defensa del ex diputado, con anuencia del Juez, al solicitar, entre otras cosas, un certificado de conducta de Sandra Orejarena expedido por la universidad donde cursó sus estudios; al pretender entrevistar a un ex novio suyo de la época de colegio, para que fuera a declarar al juicio; y al llamar a la directora de la escuela EFASS, con el fin de que se pronunciara sobre su conducta.

Por estos hechos, la abogada Carmen Alicia Mestizo inició una serie de acciones tendientes a exigir la protección de los derechos fundamentales de Sandra Orejarena (el derecho a la dignidad humana, a la igualdad, a la intimidad y al debido proceso), que afortunadamente ahora han sido atendidas por la Corte Constitucional, después de haber sido desestimadas en el ámbito local.

miércoles, febrero 09, 2005

SE DESPEJAN LAS DUDAS SOBRE LA CADENA DE CUSTODIA

El miércoles 2 de febrero se llevó a cabo la inspección judicial en el Instituto Nacional de Medicina Legal (INML) – Bucaramanga, para la verificación de la cadena de custodia, tal como lo habían solicitado la representante de la Procuraduría y el señor fiscal al final de la pasada audiencia pública. La inspección consistía en verificar si el INML había tomado las medidas adecuadas para custodiar las muestras de sangre y orina tomadas a Sandra. En la inspección se constató que la cadena de custodia había sido correctamente realizada. Por lo tanto, en el proceso ya no queda ninguna duda sobre la forma como se realizó la cadena de custodia que resultó perfectamente bien.

El juez 7º a cargo del caso pidió a Medicina Legal de Bucaramanga una muestra de sangre de Sandra para enviar a la Universidad Nacional, alegando que sería para aclarar las contradicciones encontradas entre medicina Legal de Bucaramanga y de Bogotá. Lo cual no es válido. Por lo tanto, la doctora Carmen Alicia Mestizo, abogada de la parte civil hizo llegar un memorial al señor juez diciéndole la responsabilidad disciplinaria y penal que corría si llegaba a sacar las muestras de orina y sangre de Sandra Liliana para enviarlas a la U.N. para que les hicieran un nuevo examen.

La comunicación enviada por la doctora Carmen Alicia Mestizo al Juez 7º, la puede consultar en el anterior post, publicado el día martes 8 de febrero.

martes, febrero 08, 2005

CARTA DE LA ABOGADA DE SANDRA AL JUEZ 7º JORGE E. CARVAJAL

Carmen Alicia Mestizo, abogada que representa a Sandra Liliana Orejarena, le dirige una carta al Juez 7º, en la que le pone de manifiesto el riesgo que puede significar para la Continuidad de la cadena de Custodia, su decisión de enviar evidencias, que reposan en el Instituto de Medicina Legal Bucaramanga, para un nuevo examen de toxicología en la Universidad Nacional de Bogotá.

Bucaramanga. 2 de febrero de 2005.

SEÑOR:
JUEZ 7º PENAL DEL CIRCUITO
E. S. D.


Ref.
Rad. 141 de 2.004
Procesado: JORGE ENRIQUE OREJARENA


En su auto fechado 27 de enero de 2.005, decreta como prueba solicitar al Instituto Nacional de Medicina Legal (INML)-Seccional Bucaramanga, los remanentes de muestras de sangre y orina, para ponerlas a disposición de su despacho para que se les haga un dictamen de toxicología en la Universidad Nacional. Sustenta la necesidad de la prueba sobre la base de que se necesita de un organismo “neutral” como esta universidad oficial para solucionar la “disparidad de conceptos” que hay entre el INML-Seccional Bogotá y el INML-Seccional Bucaramanga.

1. Su decisión falta a la realidad cuando plantea que hubo disparidad de conceptos entre el INML-Bogotá y el INML-Bucaramanga, por cuanto esa disparidad no existe, lo que existe en el proceso es una declaración de HILMA BARRIGA y un documento no oficial suscrito por ella.

HILMA BARRIGA es una exfuncionaria del INML-Bogotá, no es un perito oficial, rindió una declaración en su despacho emitiendo conceptos sobre áreas del conocimiento como psiquiatría, toxicología y química, sobre las cuales posee un conocimiento muy precario, por lo menos no apto para rendir un dictamen.

La respuesta al cuestionario que usted envió a el INML-Bogotá fue suscrita por el doctor NESTOR RAUL GARZON RODRÍGUEZ, médico especialista forense Cod. 520-61 y no contiene elementos que contradigan el trabajo realizado por el INML-Bucaramanga.

2. En este proceso jamás ha habido una objeción a los dictámenes periciales elaborados por el INML-Seccional Bucaramanga por medio de la cual se haya evidenciado un error de dichos dictámenes. Por lo tanto cualquier decisión que usted tome de repetir los exámenes a las muestras de orina y sangre en instituciones distintas al INML-Bucaramanga es nula de pleno derecho por violar el debido proceso (Art. 29 de la Constitución). O por lo menos pone en evidencia que no se está tras la búsqueda de la verdad real, sino de la duda procesal.

3. Si usted ordena que el INML-Bucaramanga le entregue los remanentes de orina y sangre tomados a SANDRA LILIANA OREJARENA romperá la continuidad de la cadena de custodia, por cuanto su despacho no cuenta con las condiciones de trasporte, almacenamiento, preservación y seguridad necesarias, para que pueda ponerse en sus manos el traspaso de la cadena de custodia y de la evidencia física orgánica de una entidad a otra sin afectar la identidad e integridad de las muestras.

4. Si las muestras se envían directamente del INML-Bucaramanga a la Universidad Nacional, esta deberá acreditar primero si puede garantizar las condiciones de trasporte, almacenamiento, preservación y seguridad necesarias para que pueda ponerse en sus manos el traspaso de la cadena de custodia de una entidad a otra sin afectar la identidad e integridad de las muestras.

5. En caso de afectarse las condiciones de integridad e identidad de las muestras que se encuentran en el INML-Bucaramanga, queda en sus manos la responsabilidad disciplinaria y penal que esto conlleva.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La Resolución 0-1890 del 5 de noviembre de 2.002 de la Fiscalía General de la Nación regula el Sistema de Cadena de Custodia en Colombia.

Art. 1.

“Diseño y Aplicación del Sistema Cadena de Custodia
. El Sistema de Cadena de Custodia está fundamentado en el principio universal de la autenticidad de los elementos físicos materia de prueba, que le permiten garantizar y demostrar que se han aplicado los procedimientos para asegurar las condiciones de identidad, integridad, preservación, seguridad, continuidad y registro de los mismo, desde que inicia hasta que termina la cadena.

“La cadena de custodia inicia en el lugar donde se obtiene, encuentre o recaude el elemento físico de prueba y finaliza por orden de la autoridad competente.

“Art. 6

“De la Preservación
. Se deberá mantener el elemento físico materia de prueba en condiciones adecuadas que aseguren su conservación e inalterabilidad de acuerdo a su clase y naturaleza.

“Art. 7

“De seguridad. Los custodios deberán desplegar todas aquellas actividades encaminadas a mantener libre y exento de todo riesgo o peligro los elementos físicos materia de prueba confiados a su guarda. Esta misma protección y vigilancia se ejercerá sobre los documentos que formen parte del sistema.

“Art. 8

“Del Almacenamiento
. Es la acción o efecto de guardar las evidencias bajo condiciones adecuadas para su preservación, protección, vigilancia y restricción de acceso a las áreas donde ellas se procesan, analizan y estudian.

“Las instituciones de policía judicial y demás organismos involucrados en el sistema de cadena de custodia proveerán la infraestructura física y tecnológica requerida para que los custodios puedan cumplir su función.

“El almacenamiento se efectuará de acuerdo con los procedimientos técnicos y científicos que cada especialidad requiera. Las condiciones mínimas de almacenamiento se encuentran descritas en el manual de cadena de custodia que hace parte integrante de la presente resolución.

Art. 13
...
Cada Institución involucrada en el Sistema de Cadena de Custodia adoptará las medidas necesarias para evitar que los elementos físicos materia de prueba sean alterados, ocultados o destruidos. Los servidores públicos que incumplan con la preservación del sistema de cadena de custodia quedarán incursos en las sanciones penales y disciplinarias vigentes.

Dejo estas consideraciones para lo que estime pertinente y como constancia histórica de la forma de administrar de justicia en Colombia.

Atte,

CARMEN ALICIA MESTIZO CASTILLO
C.C. 52.380.200 de Bogotá
T.P. 112.676 del CSJ

C.C.

- Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses seccionales Bucaramanga y Bogotá.

- Fiscalía General de la Nación y Procuraduría General de la Nación, para las investigaciones que se adelantan en relación a la posible manipulación de los dictámenes periciales en el INML-Bogotá.

- Consejo Superior de la Judicatura

- Defensoría del Pueblo

domingo, enero 30, 2005

NOTICIAS DE LA ÚLTIMA AUDIENCIA ENERO 24 DE 2005

El día lunes 24 de enero se continuó la audiencia de juzgamiento del proceso, pero fue suspendida a mediados de la mañana, porque la Procuradora Delegada para el caso solicitó nuevas pruebas y testimonios. Esta solicitud fue apoyada por el señor fiscal y la doctora Carmen Alicia Mestizo.

Las siguientes son las pruebas requeridas y testimonios solicitados:

1. Que se presente como testigo, el médico perito que atendió directamente a Sandra en Medicina Legal.

2. Que el médico toxicólogo de Medicina Legal de Bucaramanga presente unas aclaraciones de su dictamen.

3. Que el Instituto de Medicina Legal de Bucaramanga explique cómo se llevó a cabo la cadena de custodia de las pruebas de sangre y orina que le fueron tomadas a Sandra.

Al finalizar la audiencia el abogado defensor de Jorge Enrique Orejarena solicitó al Juez la libertad condicional para su defendido por vencimiento de términos, ya que han pasado seis meses desde que se dictó resolución de acusación, y hasta hoy 28 de enero, no se ha dictado sentencia. Por ahora, el Juez no ha dado respuesta a esta petición.

Además, después de la audiencia del 24 de enero, el abogado defensor solicitó el testimonio de la toxicóloga de la Universidad Nacional de Bogotá, quien anteriormente había colaborado con la doctora Hilma Barriga, ex funcionaria de Medicina Legal de Bogotá.

jueves, enero 27, 2005

CARTA DE LAS MUJERES AL JUEZ JORGE E. CARVAJAL

Texto de la carta enviada por varias organizaciones de mujeres del país al Juez Jorge Enrique Carvajal.


Doctor

JORGE ENRIQUE CARVAJAL
Juez Séptimo Penal del Circuito
Bucaramanga

Atento saludo:

El hecho de que la denuncia de la joven Sandra Liliana Orejarena contra el señor Jorge Enrique Orejarena por presunta violación sexual haya tenido eco en la administración de justicia, y su caso esté siendo investigado, pese a la posición social del denunciado en razón a su condición de ex diputado de la Asamblea departamental, es un grato indicador que genera credibilidad en la administración de justicia en Colombia.

En relación con el derecho de acceso a la justicia para las mujeres, el Estado colombiano ha ratificado varios tratados internacionales tales como la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención interamericana para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y especialmente, debido a los avances en materia de justicia de género, el Estatuto de Roma que prevé una serie de garantías procesales para las mujeres, niñas y niños víctimas de presuntos actos de violencia sexual. En particular para las mujeres, está prevista la prohibición de tomar en consideración el pasado sexual de la víctima así como una serie de medidas tendientes a garantizar sus derechos a la identidad, al debido proceso y un tratamiento especial en razón a la modalidad del delito. En razón a la ratificación, esta normatividad es de obligatorio cumplimiento para el Estado colombiano.

Teniendo en cuenta la reciente decisión de la Corte Constitucional en el sentido de que las acciones de veeduría frente a este proceso se encuentran dentro de la legalidad, por tratarse de una expresión legítima de participación de la sociedad, nos unimos a las voces que de manera respetuosa solicitan imparcialidad, respeto a la igualdad de las partes, al debido proceso y a los derechos de las víctimas en el proceso en mención.


Agradecemos su atención a la presente.

Red Nacional de Mujeres
ILSA
Liga de Mujeres Desplazadas
Iniciativa de Mujeres Colombianas por la Paz
Casa de la Mujer
Ruta Pacífica de las Mujeres
Escuela Política de Mujeres
Red Nacional de Mujeres Afrocolombianas
Movimiento Popular de Mujeres


lunes, enero 24, 2005

GUÍA PARA LEER LA PRENSA EN EL CASO OREJARENA

Es común que la gente acuda a medios de comunicación masiva como la prensa, para mantenerse informada. Se acostumbra leer algún diario para conocer noticias, que se confía se estén relatadas con objetividad y claridad por el periodista encargado. En las páginas de información, se espera encontrar relatos y elementos que permitan formarse una idea exacta de lo ocurrido.

Sin embargo en el caso de Sandra, para tener una información exacta sobre los últimos hechos relatados en la prensa, se requiere de una guía y las aclaraciones de personas que fueron testigos presenciales de los mismos.

En el caso de la audiencia pública realizada el pasado viernes 21 de enero, que duró más de seis horas, es comprensible que los y las periodistas no hayan podido asistir a toda la sesión, a menos que hayan sido expresamente delegados a esta tarea. Pero se esperaría que escribieran sólo sobre lo que ocurrió mientras estaban en el recinto, o sea sobre lo que vieron y oyeron. Y si asistieron a toda la jornada, se esperaría que escribieran lo que fue, lo que se dijo y lo que oyeron realmente. Pero al leer lo escrito por la periodista de Vanguardia Liberal y la redacción local de El Tiempo, vemos que por el contrario presentan – mezclados con otros bien reales – unos hechos imprecisos y otros distorsionados por su percepción personal y tal vez sus afectos políticos.

Vale señalar que al leer los informes publicados en los diarios Vanguardia Liberal y El Tiempo del sábado 22 de enero, se encuentran varias imprecisiones, o (peor) precisiones erróneas. Por lo tanto creemos importante rectificar para ayudar a hacer una lectura acertada de la información acerca de la audiencia pública realizada el viernes 21 de enero del presente año.

Precisiones sobre el artículo de Vanguardia Liberal del sábado 22 de enero de 2005:

En primera página, bajo el título El lunes continuará audiencia en el caso Orejarena, se afirma en el segundo párrafo que “Durante ese lapso dieron sus testimonios todos los peritos de Medicina Legal que intervinieron en la práctica de pruebas.” No exactamente. De los cuatro testigos citados a la audiencia, la única persona que dio su testimonio y había intervenido directamente en la práctica de pruebas, fue la doctora psiquiatra.

En la página dos, en el desarrollo de la noticia bajo el título Expertos rindieron testimonio en el caso de Orejarena, exactamente después del entretítulo Comenzaron los declarantes, en donde se menciona a la suboficial que recibió la denuncia de Sandra en la madrugada del 7 de diciembre de 2004, la redactora escribe: “Ante los cuestionamientos tanto de la Fiscalía como de la Procuraduría sobre si había notado algún comportamiento extraño, sobre el supuesto de que estaba bajo los efectos de alguna sustancia estupefaciente, la Suboficial dijo que no”. Puede que haga falta espacio para desarrollar todos los pormenores de la audiencia, pero valía la pena indicar que el No expresado por la Suboficial no fue un no rotundo, así sin comentarios. Primero la agente dijo no recordar bien el momento de la denuncia recibida a Sandra, se acordaba bien de su apariencia física pero no de su estado mental y emocional. Luego poco a poco su memoria mejoró, y por deducción la testigo expresó que si le había tomado la declaración es que estaba bien y con sus capacidades, de lo contrario no hubiera tomado el denuncio.

Para relatar el testimonio de la señora Hilma Barriga, médica ginecóloga pensionada de Medicina Legal de Bogotá, le tocaba obligatoriamente resumir y bastante, porque la señora sufre de prepotencia y verborrea severa. Donde la periodista vuelve a fallar por la inexactitud de su precisión, es cuando escribe: “Sin embargo, aseguró que cuando atendió a la citada en Medicina Legal, no notó mayores consecuencias.” Con todo lo que contó la señora Barriga era factible confundirse, pero ella no pudo decir lo anterior escrito porque no es verdad, ya que ella a ningún momento atendió a la demandante que ni siquiera conoce. El dictamen de Medicina Legal, a partir del examen físico, visual y con análisis de laboratorio, de Sandra fue efectuado por ML de Bucaramanga.

Continúa la periodista: “… La forense se defendió argumentando aportar pruebas veraces al proceso, eso sí, tras aclarar que fue relevada del caso porque salió pensionada de la Institución.” A descargo de la periodista podemos decir que la testigo “aclaró” tantas cosas que dejó todo bien turbio, pero contó que fue relevada del caso, luego salió a vacaciones – entrecortadas por un tiempo de incapacidad debidamente justificada por su EPS – para finalmente enterarse a su regreso que podía gozar de su pensión de jubilación.

En horas de la tarde, refiriéndose al testimonio de la médica psiquiatra, quien sí atendió directamente a Sandra en dos oportunidades, escribe la periodista: …aseguró que “los síntomas presentados por la paciente tratada no serían los propios de una mujer embarazada de manera traumática.” ¡Qué confusión en la precisión! (Tal vez se le habían acabado las pilas a la grabadora o la mina al bolígrafo de la periodista). La médica indicó que el comportamiento de Sandra correspondía al de una persona que había tenido un trauma emocional fuerte, y que este comportamiento no podía ser atribuido al de una mujer con un embarazo no deseado.

Sigue: “El siguiente médico forense, de hecho conceptuó entre muchos temas, algo que se podría calificar a favor de Sandra Liliana, como es que ella sí tenía una desfloración reciente.” Efectivamente “entre muchos temas”, entre los cuales hubo varias afirmaciones sensatas y expresadas con claridad, que aclararon y anularon varias de las proferidas por la mañana por la “señora súper experta” de Bogotá.

Precisiones al artículo de El Tiempo del sábado 22 de enero de 2005:

Vale reconocer que la Redacción Local de este diario le da bastante cabida a los argumentos de la parte civil (abogada representante de Sandra) en el cuestionamiento que hace al juez por haber solicitado a Medicina Legal de Bogotá ampliar el dictamen de sus colegas de Bucaramanga, “por ser el procesado un diputado”. Carmen Alicia Mestizo pidió así la nulidad de la prueba, que al ser pedida de esta forma “demuestra la prelación que le concede a una de las partes, en razón de su poder.”

Empieza a fallar la objetividad del relato cuando en el artículo en mención se afirma que “el curso de la audiencia sin embargo dio un giro cuando cuatro testigos forenses aportaron testimonios que pondrían en duda las versiones iniciales de la acusación.” La verdad es que las respuestas precisas y moderadas de los dos testigos de Medicina Legal de Bucaramanga que se presentaron por la tarde, fueron muy en honor de la verdad que conocemos, y poco favorables al procesado. En cuanto a los conceptos supuestamente científicos aportados por la señora Barriga por la mañana, como ya lo hemos señalado, fueron tantos y hundidos en un mar de apreciaciones parcializadas y muy poco ceñidas a la ciencia, que nadie pudiera creer que pongan seriamente en duda la veracidad de la versión de Sandra.

Y para terminar la guía de lectura: “Los testimonios van en contravía del dictamen oficial que emitió Medicina Legal…” En vez de escribir “los” testimonios (que se refiere entonces a todos), para conformarse a la realidad del momento, hubiera debido escribir “unos” o “algunos”, tal vez “dos” testimonios, los que se dieron en la mañana, ya que los presentados en la tarde por dos expertos de Medicina Legal – repetimos – fueron netamente a favor de la demandante y pusieron nervioso al señor Orejarena.

Consulte en línea los artículos de prensa mencionados haciendo click en los siguientes enlaces:

domingo, enero 23, 2005

ACCION URGENTE

AMIGOS Y AMIGAS

Las organizaciones de mujeres en Bucaramanga y Colombia que acompañamos y apoyamos a Sandra Liliana Orejerana Troya en su denuncia contra el ex-diputado a la Asamblea Departamental, Jorge Enrique Orejarena, por acceso carnal en persona puesta en incapacidad de resistir, solicitamos a ustedes su apoyo, enviándole de manera URGENTE cartas al Juez que lleva el caso.

Es el doctor JORGE ENRIQUE CARVAJAL, juez séptimo penal del circuito de Bucaramanga. Pidiendo de manera muy respetuosa, imparcialidad, serenidad y desapego, igualdad de las partes, debido proceso, respeto a los derechos de las víctimas de este proceso. Elementos básicos de la actuación de un juez.

Durante el desarrollo del proceso se han presentado situaciones que hacen vislumbrar la situación desigual de las partes como: investigar a la victima desde su historia y comportamiento personal, el juez ha motivado algunas de sus actuaciones debido a que el acusado es un Diputado. El juez, la delegada de la procuraduria GENITH TOLEDO y el fiscal del caso LUIS HERNANDEZ, se han quejado del interés de las organizaciones de mujeres y de la ciudadanía en general en el caso, calificándolo de "presiones indebidas", "crear morbo" y de "espectacularidad" y además afirman "que amenzan la imparcialidad e independecia de la justica". A pesar de que la Corte de Suprema de Justicia dío la razón a las organizaciones de mujeres en su intervención en el caso, como veedoras del proceso, ellos insisten en sus apreciaciones.

Para mayor información sobre el caso pueden consultar la página, donde encontraran hasta lo sucedido en la ultima audiencia: www.casosandra.blogspot.com

Las cartas de apoyo deben ser enviadas a lineatransparente@cendoj.ramajudicial.gov.co y/o Calle 35 No. Cra. 11 y 12 oficina 219 Bucaramanga- Santander con copia a las siguientes direcciones:

Doctor Edgardo José Maya Villazón, Procurador General de la Nación, Carrera 5 No. 15-80, Santa Fe de Bogotá. Fax: (+57 1)342.97.23; E-mail : reygon@procuraduria.gov.co;anticorrupcion@presidencia.gov.co


Dr. Carlos Franco, Director del Programa Presidencial de DerechosHumanos y de Derecho Internacional Humanitario. E-mail :cefranco@presidencia.gov.co

Dr. Fernando Ibarra, Asesor del Programa Presidencial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario. E-mail :fibarra@presidencia.gov.co Calle 7 N° 5-54 TEL. : (+57 1) 336.03.11FAX : (+57 1) 337.46.67

Kerrie Howard –
Responsable del Programa de Defensores de Derechos Humanos de Amnistía Internacional, Secretariado Internacional, Londres
Correo electrónico: mpollack@amnesty.org

Michael Fruhling:
Oficina del alto comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Correo electrónico: oacnudh@hchr.org.co

Doctor Volmar Antonio Pérez Ortiz. Defensor del Pueblo, Calle 55 n°. 10-32 Santa Fe de Bogotá. Fax: (+ 57 1) 640 04 91 E-mail:secretaria_privada@hotmail.com

Misión Permanente de Colombia ante las Naciones Unidas en Ginebra.Chemin du Champ d'Anier 17-19, 1209 Ginebra. FAX : (+41 22)791.07.87; (+ 41 22) 798.45.55.
E-mail mission.colombia@ties.itu.int

LO QUE LOS MEDIOS NO DIJERON DEL CASO OREJARENA

LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE MUJERES
INSISTIREMOS , PERSISTIREMOS Y NO DESISTIREMOS
CAMPAÑA: POR SANDRA DIGNIDAD Y JUSTICIA
Enero 23 de 2005


Haciendo uso de nuestra misión de veeduría ciudadana, deseamos clarificar a la opinión pública algunas de las declaraciones y situaciones ocurridas en la audiencia publica acontecida el viernes 21 de enero del presente año en el CASO SANDRA LILIANA OREJARENA TROYA , joven de 19 años que denuncia por presunta violación en estado de indefensión contra el exdiputado JORGE ENRIQUE OREJARENA COLMENARES.

  • Durante la declaración la señora HILMA BARRIGA GARZÓN, no establece con precisión la razón de su asistencia a la misma, la señora asiste en calidad de testigo de la defensa de Jorge Enrique Orejarena y no como perita experta ni representante del Instituto de Medicina legal Regional Bogotá. Igualmente aclaramos que la médica Hilma Barriga no atendió en ningún momento en forma directa a Sandra Liliana Orejarena Troya, ella conoció el expediente, ya que el año pasado hacia parte de uno de los equipos de Medicina Legal Regional Bogotá; fue relevada del caso y actualmente no hace parte de la institución.

  • La médica especialista en gineco-obstetricia HILMA BARRIGA GARZÓN se dedica a poner en tela de juicio la competencia e idoneidad de Medicina Legal Regional Bucaramanga y a pesar de no ser de su especialidad rebate los dictámenes realizados por especialistas en las respectivas áreas: toxicología, psiquiatría, etc.

  • Los informes de Medicinal legal Regional Bogotá y Regional Bucaramanga no se contradicen ni se refutan el uno al otro; sino por el contrario contienen características similares.

  • Exhortamos a los medios de comunicación a dar una información clara, precisa, veraz e imparcial frente a los hechos noticiosos, garantizando así la igualdad de los derechos de las personas implicadas. Hacemos esta exigencia ya que el diario Vanguardia Liberal, en su emisión del día sábado 22 enero de 2005, cubre la audiencia pública cometiendo varias imprecisiones que dan lugar a confusión en el público lector.


FUNDACIÓN MUJER Y FUTURO - GRUPO DE ESTUDIOS DE GÉNERO Y SEXUALIDAD DE LA UIS- RUTA PACIFICA DE MUJERES SANTANDER – RED NACIONAL DE MUJERES- MUJERES EN PIE-

sábado, enero 22, 2005

CRÓNICA FOTOGRÁFICA DE LA AUDIENCIA DEL 21 DE ENERO


El público colmó la sala de audiencias apenas se abrieron las puertas.


El ex - diputado Jorge Enrique Orejarena lucía confiado y se mostraba un tanto desafiante.


La asistencia la conformaban por igual los que acompañaban a Sandra y los seguidores del ex - diputado Orejarena. La prensa siguió con atención la audiencia.


Mientras tanto, afuera del Palacio de Justicia, las mujeres se “plantaban” en solidaridad con Sandra.


Aunque el sol quemaba, las mujeres seguían firmes expresándole a la ciudad los motivos de su apoyo a Sandra.


En el interior de la sala, el apoyo a la causa de Sandra también se hizo notar. Horas más tarde, el Juez ordenaría que no se lucieran este tipo de prendas en la sala.


La abogada de Sandra, Carmen Alicia Mestizo, se debatió sola ante el pool de abogados del Ex- diputado Orejarena.


La segunda testigo convocada a la sala, la gineco-obstetra Hilma Barriga, ex - funcionaria de Medicina Legal Bogotá, sembró dudas sobre los dictámenes emitidos por Medicina Legal Bucaramanga.


Con su manera de responder, rayando casi en lo “folclórico”, la Doctora Barriga logró confundir más que aclarar los hechos en torno a lo sucedido a Sandra Orejarena.


En las horas de la tarde, el turno fue para los funcionarios del Instituto de Medicina Legal de Bucaramanga, quienes de manera seria y profesional sustentaron sus dictámenes y echaron por tierra buena parte de lo dicho por los anteriores testigos.


El nuevo giro de los hechos, logró poner nervioso al ex - diputado Orejarena.


A las 4 y 30 de la tarde, el juez dio por terminada la audiencia por este día y citó para su continuación este lunes 24 de enero. Todo el mundo a su casa y el ex – diputado Orejarena de vuelta a su celda.


jueves, enero 20, 2005

¿QUÉ PASARÁ MAÑANA?

Texto de la columna publicada en el diario Vanguardia Liberal de Bucaramanga, 20 de enero de 2005
Por ISABEL M. ORTIZ PEREZ, Directora Fundación Mujer y Futuro.

Mañana viernes 21 de enero está convocada la audiencia pública, en la que el juez séptimo penal del circuito debe fallar en justicia la denuncia por violación que una joven de 19 años entabló contra el político Jorge Enrique Orejarena, diputado en ese entonces de la Asamblea Departamental de Santander. El caso de Sandra ha sido objeto de una campaña nacional en apoyo a las mujeres víctimas de abusos sexuales. El juicio es considerado caso emblemático del derecho a la justicia y a la reparación que se debe garantizar a las afectadas por la violencia sexual, que en nuestro medio sigue silenciada y en la impunidad. Desde las organizaciones de mujeres - locales y del país – hemos asumido la defensa de Sandra y su dignidad, porque creemos en su voz y reconocemos su cuerpo abusado; también respaldamos su valor de denunciar y poner en manos de las autoridades esta forma de agresión de género que sigue vigente y debe ser erradicada.

El caso de Sandra reúne todos los requisitos que la justicia exige para evitar la impunidad. Tiene contundentes pruebas, recogidas por el Instituto de Medicina Legal, que es la máxima autoridad en el acopio de pruebas, que en este caso fueron tan concluyentes, que el Fiscal en la etapa de instrucción dictó medida de aseguramiento, por la cual el ex diputado está desde hace un año detenido. Sandra, quien no había iniciado su vida sexual, fue puesta en incapacidad de resistir bajo efectos de una droga y su cuerpo quedó con señales físicas de violencia; además quedó embarazada, hecho dramático pero usual en las víctimas de violación sexual, y confirmado en el examen de ADN. Tanto las señales físicas como la droga encontrada en su orina, fueron evidenciadas -horas después del acto violento- por médicos forenses de Medicina Legal en Bucaramanga. Sandra tuvo el valor de denunciar porque siente que lo que le ocurrió le podría suceder a cualquier joven que entable una relación de confianza con potenciales abusadores. Recibió en ese momento también el apoyo solidario de miembros de su familia, que luego de manera confusa se retractaron y la culparon. Decíamos anteriormente, que este caso reúne un conjunto de pruebas contundentes por parte de peritos de Medicina Legal. Sin embargo, pese a lo anterior, todo indica que este proceso como tantos otros, pudiera quedar en la impunidad. Mañana, según lo ha afirmado a cadenas radiales el abogado defensor del señor Orejarena, llegarán de Bogotá, otros expertos con otros dictámenes, que tratarán de “demostrar la inocencia del ex diputado”.

Mañana, las mujeres y sus organizaciones estaremos nuevamente con Sandra, exigiendo verdad, justicia y reparación. Insistiremos en que creemos que es posible esperar de un juez colombiano justicia e imparcialidad. En sus manos está doctor Carvajal, juez séptimo penal, fallar de acuerdo a las pruebas recogidas y a su conciencia, sentando así un precedente de justicia y reparación para las victimas de delitos sexuales.

COMUNICADO A LA OPINION PUBLICA - AUDIENCIA 21 DE ENERO 2005

CASO SANDRA OREJARENA
“Por Sandra dignidad y justicia”


461 NIÑAS, NIÑOS Y MUJERES VÍCTIMAS DE DELITOS SEXUALES de Enero a Septiembre del 2004 en Bucaramanga y su área metropolitana. (Fuente: Medicina Legal.)

¡BASTA YA!, Ni un niño, ni una niña, ni una mujer víctimas de delitos sexuales.
Por ello, el viernes 21 de Enero de 2005, a las 8 de la mañana en el juzgado séptimo penal, se reinicia la audiencia pública del caso Sandra Orejarena, aplazada el 14 de Enero por segunda vez. Recordemos que este caso es emblemático, puesto que un hombre Investido de poder político, económico y reconocimiento social, el exdiputado JORGE ENRIQUE OREJARENA COLMENARES, está acusado POR PRESUNTA VIOLACIÓN EN ESTADO DE INDEFENSIÓN en la persona de la joven Sandra Orejarena.

En virtud de la importancia que significa para las mujeres este caso, la Fundación Mujer y Futuro, la Ruta Pacifica de Mujeres, Red Nacional de Mujeres y otras organizaciones de mujeres de la ciudad, una vez más, convocamos a toda la ciudadanía y a los medios de comunicación a participar con su presencia para apoyar y reforzar los procesos de justicia y reparación para las víctimas de los delitos sexuales.

LA VIOLENCIA SEXUAL ES UN CRIMEN QUE ATENTA CONTRA LA VIDA Y LA DIGNIDAD DE LAS MUJERES, NIÑAS Y NIÑOS, por eso es necesario que todas y todos contribuyamos en la erradicación de esta atroz violencia.

POR UNA PRONTA, TRANSPARENTE Y CUMPLIDA JUSTICIA PARA LAS MUJERES, NIÑOS Y NIÑAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA SEXUAL

Bucaramanga, 19 de enero de 2005

miércoles, enero 19, 2005

CONTINUAN LAS AUDIENCIAS DEL CASO SANDRA

¿QUÉ HA PASADO Y QUÉ PUEDE PASAR?

La joven Sandra Orejarena, de 19 años en el momento de los hechos, el 6 de noviembre de 2003, denunció al Doctor Jorge Enrique Orejarena, entonces diputado de la Asamblea Departamental de Santander, por acceso carnal violento en estado de indefensión, mediante el suministro de una droga con la que la persona pierde la voluntad y queda sujeta a la voluntad de otro.

Con base en las contundentes pruebas entregadas por los expertos de Medicina Legal - entidad oficial de máxima autoridad, acreditada e idónea para los dictámenes en casos de agresión sexual -, el señor fiscal dictó medida de aseguramiento al acusado, quien está detenido desde entonces.

El 11 de agosto de 2004, se realizó la primera audiencia pública, que fue aplazada porque algunas pruebas solicitadas con anterioridad no llegaron. Hubo que esperar hasta el día 14 de enero del presente año para efectuar la audiencia pública aplazada. La cual nuevamente fue postergada porque según lo informado en el momento “no llegaron los peritos de Bogotá”. Se programó nuevamente la audiencia para el día viernes 21 de enero a las 8 de la mañana.

¿Qué ha pasado y qué puede pasar? ¿Por qué las organizaciones de mujeres y demás personas debemos estar pendientes de este caso emblemático del derecho a la Verdad, Justicia y Reparación que se debe garantizar también a las víctimas de abuso sexual?

Inicialmente la defensa del “honorable diputado”, consideró oportuno investigar a la víctima para “demostrar” así la inocencia y respetabilidad de su apoderado, poniendo en duda la reputación de la afectada. Este es un enfoque machista que da a suponer que según su conducta previa y hábitos de vida, una mujer puede ser violada sin que esto sea un delito. La abogada de Sandra tuteló tales procedimientos de la defensa y la tutela le fue negada.

Parece que ahora la defensa del ya no tan honorable ex diputado, tratará de invalidar el dictamen de medicina legal y argumentar que la joven Sandra no fue puesta en estado de indefensión, muy a pesar de las pruebas y señales que su cuerpo presentó.

Nos inquieta que los privilegios de un hombre con poder político, puedan interferir las decisiones imparciales de la justicia, creando así un precedente negativo para las miles de víctimas de violencia sexual y las pocas que se atreven a denunciar.

Invitamos a las organizaciones de mujeres y las personas preocupadas por la justicia a mantenerse alertas para asegurar un juicio justo y transparente en el caso de Sandra contra el señor Orejarena, lo cual todavía es posible.

Bucaramanga, 19 de enero de 2005.

sábado, diciembre 11, 2004

ULTIMAS NOTICIAS

Los resultados del análisis de ADN cruzados entre Sandra Orejarena, Jorge Orejarena y el bebe de Sandra que murió en el Hospital resultaron positivos, por lo cual se confirma que el diputado Orejarena era el padre del hijo que Sandra esperaba. Ademas rechaza la idea que tenían algunos incrédulos de esperar que el diputado no fuera el padre, sino fuera otro, siendo el resultado de la vida promiscua que Sandra llevaría.

Además la solicitud para el cambio de radicación territorial del caso fue NEGADA.

viernes, septiembre 10, 2004

LA PRENSA Y EL CASO SANDRA - 3

Las siguientes son las columnas que ha publicado CHRISTIANE LELIÈVRE en Vanguardia Liberal

¿QUIÉN DEBE PROBAR QUÉ?
Por Christiane Leliêvre, publicada el jueves 5 de agosto 2004

Érase una vez un hombre, exitoso, pudiente, político (nadie es perfecto), buen padre, buen marido, buen amante (dizque nadie se le resiste, ni siquiera la empleada del servicio). Este buen hombre fue algún día víctima de un maleante, quien lo perjudicó de tal manera que el hombre puso la queja, y la demanda prosperó. Pasada la investigación preliminar, las pruebas fueron contundentes contra su agresor, quien corrió con la suerte de ganarse una rifa y a la vez un hábil abogado. El brillante y bien pagado hombre de derecho, solicitó al complaciente juez que la víctima demostrara sus buenas costumbres y comprobara así legitimidad para denunciar el atropello. Por lo tanto nuestro hombre, “exitoso, pudiente, político (nadie es perfecto), buen padre, buen marido, buen amante (dizque nadie se le resiste, ni siquiera la empleada del servicio)” tuvo que mandar su abogado a pedir un certificado de buena conducta al rector del colegio donde se había graduado de bachiller, faltó el comprobante del preescolar porque hace rato que el jardín desapareció por cuenta de la crisis. Después de esto, el apoderado tuvo que ir a hablar con las exnovias (algunas de ellas) de su cliente para que ellas corroboraran la buena conducta del denunciante y certificaran que no había tenido relaciones sexuales con ellas (el asunto de la virginidad es clave para probar la buena conducta de cualquier víctima). El representante del hombre agredido tuvo que precisar los estudios realizados por su cliente, porque si había tenido clases de boxeo podía descartarse la agresión, y el acusador podía entonces ser acusado de difamación. Finalmente el abogado protestó vehemente haciendo valer los derechos de su cliente, quien – recordó – era el acusador más no el acusado; además ¿desde cuando se está pidiendo semejantes pruebas de honorabilidad a un hombre, varón, orgulloso y digno de sus…? en fin.

Érase una vez…así que “colorín colorado este cuento se acabó”. ¿Ficción? Ni tanto. ¿Locura? Seguro. “Cualquier parecido con la vida real es accidental e involuntario”… ¡para nada! Estas mismas pruebas (o casi) fueron solicitadas por el juez a la joven Sandra quien denunció al diputado Jorge Enrique Orejarena por acceso carnal violento en estado de indefensión. Es ELLA quien debe demostrar su honorabilidad, que radica en no haber tenido relaciones sexuales con su novio, haber sido una exitosa y disciplinada estudiante de bachillerato y no saber nada de farmacología – para no poder fingir e influir los análisis de sangre-. Parece que sólo la demostración de estas condiciones previas puede validar su acusación. Podemos entonces deducir que la agresión sexual a una señora, no virgen, experta en toxicología, divorciada y con novio, carece de importancia y no puede dar lugar a demanda. Sandra debe encontrar quién dé fe de su buena conducta para sustentar la demanda que ella misma tuvo el valor de presentar contra el diputado de Santander.

Aquí estamos acompañando a una mujer valiente y herida; pendientes de la audiencia pública de hoy 11 de agosto. Se avecina un juicio sin precedente: una estudiante pobre se atreve a denunciar un poderoso político; una joven ultrajada tiene el coraje de enfrentarse a un varón mayor y curtido. Hay que estar pendiente del fallo que – sea cual sea - hará historia.


UN SÁBADO POR LA TARDE EN CABECERA
Columna del jueves 17 de junio. Por Christiane Lelièvre.

En el transcurso de una lluviosa tarde de sábado, se rompió la rutina del sector comercial de Cabecera en Bucaramanga. Hizo su aparición un grupo de jóvenes, un hombre y seis mujeres, vestidos de blanco, quienes sin música, sin ruido ni gritos, ganaron la atención de los transeúntes, en diversos puntos de Cabecera. Bailando sin música, el grupo lograba interesar a grandes y pequeños, jóvenes y viejos, hombres y mujeres. Todas las personas que se quedaban mirando, también escuchaban. Un joven informó a otro que llegó tarde y preguntó: ¿Esto pa’qué es? ¡chito! Es para lo de una china que fue violada por un político. ¡Ay, juemadre!

Con valentía y arte, con palabras directas, las jóvenes y su compañero clamaron un verdadero manifiesto contra la violación. Los textos conmovedores, atrevidos a veces, siempre directos, elaborados por Adriana Ordoñez, de Danza Azul, no dejan indiferente. Transcribimos algunos a continuación para las personas que no estuvieron en Cabecera este sábado cinco de junio, y para reflexión de todos/as.
La primera vez/Yo quería mi primera vez con sábanas blancas/Yo quería mi primera vez con caricias y ternura/Yo no quería sentir dolor/Mi novio y yo decidimos esperar/Yo pensaba en cuidarme de bebés y enfermedades/Yo lo hice untándome con miel/A Sandra la drogaron y la violaron/A Lucía la golpearon por defenderse y cinco hombres la penetraron/A Yadira un familiar la obligó cuando tenía doce años/A María la violaron delante de su novio/ Todas y todos deberíamos tener nuestra primera vez como lo deseáramos, sin violencia, sin droga, sin abuso de poder, sin pistolas, sin múltiples abusadores, sin amenazas, sin chantajes/Sandra somos todas, todas somos Sandra.

Cualquier mujer, de cualquier edad, puede ser violada por el sólo hecho de ser mujer. Pero ninguna se lo merece.

“A Ana María le gusta usar hilo dental ¿Merece ser violada?/ A Penélope le gusta fumar marihuana ¿Merece ser violada?/A Camila le gustan los descaderados ¿Merece ser violada?/A Juana le encanta tomar trago ¿Merece ser violada?/A Ana la minifalda ¿Merece ser violada?/A Paola le gusta estar arreglada ¿Merece ser violada?/A Sandra andar maquillada ¿Merece ser violada?/A Adriana usar ombligueras ¿Merece ser violada?/Isabel anda siempre elevada ¿Merece ser violada?/A Violeta y a sus amigas les gusta ser coquetas ¿Merecen ser violadas?/Maria es sumisa y le gusta estar calladita ¿Merece ser violada?/A Pabla reírse duro y hablar de sexo ¿Merece ser violada?/Valentina es virgen ¿Merece ser violada?/Y Juana es promiscua ¿Merece ser violada?/A nuestras hijas les encantan el hilo, la minifalda y el brillo en los labios ¿Merecen ser violadas?/Flora suele estar triste ¿Merece ser violada?/Y yo ando pensativa y distraída ¿Merezco ser violada?/Carolina y Lina son lesbianas ¿Merecen ser violadas?/Sandra somos todas, todas somos Sandra.

La campaña “Justicia y reparación para las víctimas de los delitos sexuales” es para Sandra y todas las demás que no denuncian. (www.casosandra.blogspot.com)


SEXO Y POLÍTICA
Columna del jueves 18 de marzo. Por Christiane Lelièvre.

Entre sexo y política, a primera vista no hay relación. El uno hace parte de la vida privada, pertenece a la intimidad de cada cual, la otra es parte de la vida pública y los asuntos del Estado. Los hombres políticos tienen vida pública, por lo tanto no se les respeta siempre su intimidad, y nadie les garantiza su derecho a la privacidad. Es bien sabido que a personajes de la política y farándula – hombres o mujeres – no se les respeta ni el dolor, ni el amor, ni se establece una clara frontera entre su vida personal y oficial. Al salir del montón parte de existencia “pertenece” a toda la gente que así lo desea.

De los políticos, con responsabilidades y poder de decisión que traspasan los límites de la esfera doméstica, se esperan mayor cordura y control personal. Si son elegidos por votación popular, bien que mal, es innegable que miles de ciudadanos y ciudadanas han depositado su confianza en ellos.

La vida personal de estos personajes puede complicarse cuando los desbordamientos de su vida sexual trascienden de lo privado a lo público, e emergen en los comentarios de la “sociedad” o de los medios de comunicación. Sin embargo, cuando los secretos de alcoba se divulgan en los escenarios públicos - y aparte de contados casos como él del entonces ministro Profumo, en la puritana y doble moralista Gran Bretaña de los años 60 - , por lo general “no pasa nada”. Al contrario, se desata un publicitado escándalo y el retrato del señor implicado en la aventura termina siendo portada de revistas de farándula, todavía más atractivo y cotizado que antes. Continúa ejerciendo su cargo y su carrera pública no se ve afectada. Que digan lo contrario el señor Clinton, y – si pudieran hacerlo- los señores Kennedy y Miterrand, para no citar personajes colombianos contemporáneos. En los casos mencionados, los héroes del “affaire” son sólo mortales del común, seductores atados a sus impulsos y que no piensan siempre con el cerebro. Por su posición de hombre de poder (político) encuentran pareja complaciente sin dificultad y el desliz extramatrimonial se hace de común acuerdo, entre los amantes. Aún así podríamos hablar de incompatibilidad, tal vez no legal o jurídica pero sí ética y de moral personal, entre la vida sexual y las responsabilidades públicas de estos personajes.

El cuento es bien diferente cuando la compañera sexual del momento no es complaciente, ni deslumbrada por los variados poderes del personaje, sino una victima, abusada y engañada. En el escenario público nacional se han dado a conocer hechos dolorosos y humillantes de acoso o abuso sexual por parte de altos funcionarios públicos y figuras de la política nacional o regional, algunos de ellos con graves y profundas implicaciones para la afectada. Pero estos peces gordos se están enredando ahora en la red equivocada, porque hoy las mujeres denuncian, demandan y piden reparación. Esperamos que les pase a estos políticos y funcionarios lo del ministro inglés y no lo del presidente norteamericano, para que ellos y los demás aprendan a controlarse y a respetar a las mujeres, todas ellas.

chlelievre@mixmail.com

domingo, septiembre 05, 2004

NIEGAN TUTELA EN PRIMERA INSTANCIA

La tutela en la que se solicitó que la denunciante no fuera investigada, fue fallada el pasado 30 de Agosto, y fue negada por el juez.

La abogada Carmen Alicia Mestizo, quien representa a Sandra Orejarena, presentó apelación el día 2 de Septiembre.

Se solicitó a la Defensoría del Pueblo que desde la oficina delegada para la mujer, se permitan coadyuvar la tutela, para garantizar que la corte acepte revisar el fallo.

La Corte Suprema de Justicia debe emitir su fallo antes del 6 de Octubre.

Por otra parte recordemos que el representante de la fiscalia y la delegada de la procuraduría para el juicio, solicitaron cambio de radicación del proceso. La Corte tenía tres días para emitir el fallo, ha pasado una semana y no se han pronunciado.

Entre tanto el caso continúa en el Juzgado Séptimo esperando que lleguen todas las pruebas, para que el juez pueda citar a audiencia.

Faltan alguna de las pruebas solicitadas, otras ya han llegado como el concepto que se pidió a la Universidad Nacional, ellos conceptúan que las Benzodiacepinas son las drogas típicas de los violadores y los atracadores.

viernes, septiembre 03, 2004

EL FISCAL Y LA PROCURADORA HACEN NOTICIA

Recordemos que Carmen Alicia Mestizo, la abogada de Sandra, interpuso una acción de tutela reclamando el derecho de Sandra a mantener su vida pasada en privado y que para ello no se aceptaran las pruebas que conducen a investigarla.

La semana pasada los representantes a la fiscalía Luis Eduardo Hernández Delgado y a la procuraduría Genith Toledo Carreño a común acuerdo presentaron un memorial al juez Jorge Enrique Carvajal, pidiendo CAMBIO DE RADICACIÓN TERRITORIAL del caso.

Manifiestan en el memorial que el juez se ha visto excesivamente presionado por las múltiples manifestaciones de mujeres frente al Palacio de justicia y por las cartas que diferentes grupos de mujeres le envían periódicamente solicitándole imparcialidad y justicia. Además estos personajes indican que el caso ha trascendido ya al ámbito internacional. Finalmente critican la tutela interpuesta por la abogada de Sandra como una forma más de presionar al juez. (Algunas de estas causales fueron las que argumentó el juez séptimo cuando se declaró impedido para continuar con el caso y que el tribunal superior no aceptó, argumentando que las mujeres no actuaban de forma tendenciosa).

El juez recibe el memorial del procurador y el fiscal, y a cambio de seguir el conducto regular y presentar el memorial al tribunal superior, lo presenta ante la corte suprema de justicia.

Carmen Alicia al tener conocimiento de los hechos manda un memorial a la corte informando sobre la decisión y los motivos argumentados por el doctor Remolina del Tribunal Superior.

Ahora esperamos la disposición que tome la corte con respecto al caso.

ACLARACIONES A LA OPINIÓN PÚBLICA.

Las manifestaciones se han realizado frente al Palacio se han realizado FUERA DEL EDIFICIO DEL PALACIO DE JUSTICIA en la Plaza Cívica Luis Carlos Galán Sarmiento, y en forma TOTALMENTE PACÍFICA, RESPETUOSA y SIN GRITOS. Dentro del Palacio nunca se ha realizado ningún tipo de manifestación con relación al Caso Sandra.

Este crimen de acceso carnal violento en persona incapaz de defenderse, está en incremento, por lo tanto si no se imparte justicia en este caso con las excelentes pruebas que se tienen en contra del diputado, se creará un grave precedente de impunidad, del cuál pocas mujeres se podrían escapar, especialmente las de bajos recursos y poco poder. A esto se debe que Sandra reciba el apoyo de mujeres y organismos a nivel municipal, nacional e internacional. Una forma de apoyo es enviándole cartas solicitándole imparcialidad al juez séptimo, quien será la persona encargada de impartir la justicia en este caso.

La tutela interpuesta por la abogada de Sandra se hace necesaria para que se restablezca la administración de justicia enfocada hacia el acusado de un delito y no hacia la persona que fue víctima.

miércoles, agosto 11, 2004

MULTITUDINARIA MANIFESTACIÓN EN APOYO A SANDRA DURANTE LA PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA


Desde las 8 de la mañana hasta las 4 de la tarde estuvieron presentes gran cantidad de mujeres en apoyo a la Campaña "POR SANDRA, DIGNIDAD Y JUSTICIA" frente al Palacio de Justicia de Bucaramanga, durante la audiencia Pública en contra del diputado Santandereano.


Estas pancartas se erigieron hacia el Palacio de Justicia durante toda la jornada. "JUSTICIA Y REPARACIÓN PARA LAS VÍCTIMAS DE LOS DELITOS SEXUALES. POR SANDRA, DIGNIDAD Y JUSTICIA".


Coincidiendo con la salida de los asistentes a la Primera Audiencia Pública fué realizada una presentación ("Performance") del grupo DANZAZUL.


Variadas Actividades de Sensibilización entre las mujeres se realizaron durante la Jornada de la Audiencia.


EL Colegio Campohermoso realizó una manifestación espontánea. "SANDRA EL COLEGIO CAMPOHERMOSO TE APOYA". Jóvenes mujeres desplegaron carteleras en campaña por su propia sensibilización hacia los delitos sexuales. "HAS SIDO ABUSADA SEXUALMENTE?, NO TE LO CALLES!!, DENUNCIA!, ES EL PRIMER PASO CONTRA LA IMPUNIDAD.


SINTRACLINICAS también estuvo Presente. Carmen Elisa Nova, auxiliar de enfermería de la Clínca Bucaramanga asesinada el pasado 15 de julio, Presente.

SUSPENDIDA AUDIENCIA EN ESPERA DE PRUEBAS SOLICITADAS


Posiblemente en un mes se reanude la Audiencia Pública en contra del político santanderareano Jorge enrique Orejarena, la cual fué suspendida por la no llegada a tiempo de pruebas anteriormente solicitadas, en especial la prueba de ADN cruzada que permitiría demostrar, que el bebé que parió Sandra y murió prematuramente, es hijo tanto de Sandra como del honorable político que la violó.

Una sala pequeña seleccionó el juez séptimo Jorge Enrique Carvajal Hernandez, para la primera Audiencia Pública, lo cuál dejó por fuera a una gran cantidad de personas interesadas en el juicio, entre ellas los y las simpatizantes de Sandra y muchos estudiantes de Derecho, que se han mostrado visiblemente interesados por el giro que el juez le está dando al caso al investigar a la víctima, protegiendo así al acusado. Debe recordarse que al momento de este delito sexual, la víctima se encontraba en incapacidad de responder al haber sido drogada o "enburundangada" por el acusado.

Una ACCIÓN DE TUTELA había sido interpuesta por la abogada de Sandra para protegerla de estos giros de la JUSTICIA al pasar de ser víctima a acusada. Esta tutela tenía como fin impedir la audiencia y rectificar la solicitud de pruebas hecha en la audiencia preparatoria. A pesar que que fué presentada con anterioridad a la audiencia, no la impidió. Como se recordará el juez séptimo fue recusado ante el Tribunal Superior de Santander por aceptar realizar pruebas que tienen como fin investigar exclusivamente a Sandra, no habiendo ningún delito por el que se le esté acusando a ella.



Como un hombre ATRACTIVO y GALANTE se describió el político santandereano Jorge Enrique Orejarena en la primera audiencia Pública en su contra por Acceso Carnal Violento en persona incapaz de reponder. Esta teoría de defensa la podria estar aplicando el señor Orejarena, como una forma de desviar la atención del público general, de su posible perversión sexual y criminal.

Algunos politicos reconocidos acompañaron al diputado durante la audiencia publica como respaldo hacia un posible montaje en su contra. Resulta extraño que estas personas puedan dar fe de los comportamientos sexuales del acusado. Será que comparten su vida sexual?.

AHORA TODOS LOS MENSAJES A SANDRA EN LA PÁGINA WEB "www.casosandra2.blogspot.com"

El caso de Sandra Orejarena ha despertado interés y expectativa en el pais e incluso a nivel internacional. Estos son unos de los mensajes que nos han llegado a la página:

Debido a la gran cantidad de mensajes enviados, estos mensajes han sido trasladados a una página web alterna: www.casosandra2.blogspot.com, donde se podrán leer la totalidad de los mensajes en orden de llegada.

Además prodrán encontrar la Carta de Agradecimiento de Sandra por los mensajes recibidos.

Escríba sus comentarios, mensajes de apoyo o sus propias experiencias a:

sandrajusticia@yahoo.com


martes, agosto 10, 2004

INVITACIÓN INICIO AUDIENCIA PÚBLICA

Con gran expectativa esperamos el inicio del juicio por acceso carnal violento, que se lleva contra el diputado santandereano Jorge Enrique Orejarena Colmenares. La audiencia pública se realizará el miércoles 11 de Agosto a las 8:00 de la mañana, en el Juzgado séptimo de Bucaramanga.

Dadas las circunstancias que han rodeado este proceso, no exento de ofrecimientos en dinero e inmuebles para que Sandra Orejarena desistiera de la denuncia, la audiencia pública del 11 de agosto de 2004 se constituirá en un escenario clave para entender la forma de actuar de la justicia en nuestra ciudad, frente a un hecho que afecta la integridad física, psicológica y la vida misma de las mujeres que son victimas de violación.

Se requiere de muchos ojos siguiendo de cerca el resultado del proceso, en esta primera audiencia pública. Los ojos de las mujeres, los de las organizaciones defensoras de Derechos, los del periodismo, pero especialmente los suyos deben ser testigos del desarrollo del Juicio al diputado Jorge Enrique Orejarena, en el propósito de observar, vigilar y difundir sobre su desarrollo.

Le invitamos a que haga presencia en representación de los centenares de mujeres violentadas sexualmente, en el acto publico que se llevara a cabo desde las 8.00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde, frente al palacio de Justicia, (Plazoleta Luis Carlos Galán), donde las mujeres y los hombres solidarios con nuestras causas NOS VESTIREMOS DE BLANCO y desarrollaremos varios actos simbólicos.

Si usted vive en otra ciudad y quiere participar en esta campaña, ese día puede enviar: cartas o mensajes para manifestar su sentir, su postura o experiencias frente a la violación, ó su apoyo a Sandra Liliana Orejarena Troya al correo electrónico: sandrajusticia@yahoo.com ó a la calle 33 # 28-07 de Bucaramanga.

Recuerde: su cita con la justicia es el 11 de agosto de 2004, a partir de las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. en la Plaza Cívica Luís Carlos Galán.

Invita Fundación Mujer y Futuro.

Carta de Agradecimiento de Sandra

Hoy les doy gracias…

Por caminar conmigo, por haberme brindado su apoyo, solidaridad y afecto. El camino no ha sido fácil pero con la energía y fortaleza que ustedes me han brindado me he llenado cada día mas de fuerza y optimismo, y eso me hace sentir que esta lucha no ha sido en vano y que he ganado mucho, porque logré concientizar un gran número de mujeres y parte de la sociedad, en estos 9 meses.

Siento que hay días en los que flaqueo frente a mi vida, pero cuando entro al correo y leo cada uno de sus mensajes, me animan y me hacen sentir que todos somos como una nota que acordes se juntan para formar una sola melodía, y que marchamos por la vida mas fuertes apoyándonos y llevando en el corazón grandes ideales. Hoy en la batalla de mi vida solo he luchado por obtener justicia, por demostrar que todavía existimos personas con dignidad, he trabajado porque se conozca la verdad, por eso hoy me siento tranquila y les doy nuevamente gracias por ayudarme y comprenderme en la verdad de la vida y sea cual sea el fallo estaré tranquila porque como les digo esto no es solamente mi experiencia si no la experiencia de toda una sociedad.

Sandra Liliana Orejarena

martes, julio 27, 2004

TRIBUNAL SUPERIOR RECHAZA RECUSO DE QUEJA

El Tribunal Superior de Santander rechazó el recurso de queja que ante esa entidad presentó la abogada de Sandra. Como se recordará, en la audiencia preliminar el juez séptimo Jorge Enrique Carvajal Hernandez aceptó pruebas que solicitó el abogado del diputado con el fin exclusivo de investigar y  perjudicar la imagén de la víctima, desviando totalmente la investigación hacia ella. Fácilmente se observa como ahora, desde el Palacio de Justicia se favorece abiertamente al acusado de la violación.

Por lo tanto la fecha de la audiencia pública se mantiene para el miercoles, 11 de agosto de 2004 e inicia a las 8:00 de la mañana.

Las mujeres vestidas de blanco haremos presencia frente al palacio de justicia, durante todo el tiempo que dure la audiencia, ademas el grupo de DANZAZUL presentará su performance.

Esperamos contar con todos y todas.

viernes, julio 23, 2004

LA PRENSA Y EL CASO SANDRA - 2

La situación de Sandra sigue llamando la atención de la prensa local y nacional:

"Palabras Inútiles" es el artículo del columnista Ernesto Rueda Suaréz de Vanguardia Liberal del día 07 de julio de 2004.

Esta vez La Revista Semana, en su sección de correos de los lectores publica una carta de Patricia Ramirez Parra respecto a los resultados de la audiencia preliminar com el título de "Se Investiga a la victima"

Haga click en los enlaces para leer los artículos.

miércoles, junio 30, 2004

SEGUNDO PLANTÓN FRENTE AL PALACIO DE JUSTICIA EN BUCARAMANGA

Las Mujeres de Negro nos solidarizamos con Sandra, porque estamos convencidas de que no hay ninguna razón que justifique que una mujer sea violada.
¡Y exigimos que a los violadores se les aplique la ley y la justicia!

PLANTÓN EN SOLIDARIDAD CON SANDRA



¡SU HIJA, SU HERMANA, USTED y TODA MUJER DE CUALQUIER EDAD PUEDEN SER VIOLADAS EN CUALQUIER MOMENTO!!.

MUJERES DE NEGRO APOYAN A SANDRA

Plantón solidario frente al Palacio de Justicia en Bucaramanga, donde representantes de Las Mujeres de Negro contra la Guerra se solidarizan con el Caso Sandra y exigen Justicia, Verdad y Reparación.

MUJERES DE NEGRO APOYAN A SANDRA

lunes, junio 28, 2004

CARTA AL TRIBUNAL SUPERIOR DE SANTANDER

Bucaramanga, junio 28 de 2004

Señor Magistrado
JAIRO REMOLINA
Tribunal Superior de Santander
Ciudad

Respetado Doctor:
Tenemos conocimiento que usted ha recibido el recurso de queja presentado por la abogada CARMEN ALICIA MESTIZO, quien representa a la joven SANDRA LILIANA OREJARENA TROYA, en el caso que se lleva contra el diputado JORGE ENRIQUE OREJARENA por el delito de acceso carnal violento en persona puesta en incapacidad de resistir.
Queremos manifestarle que las mujeres estamos pendientes del proceso, tenemos conocimiento que las pruebas que se apelan son aquellas que tienen que ver con la investigación de la posible victima, incluso de sus conocimientos académicos y aquellas que ponen en tela de juicio la potestad que el estado colombiano le ha dado a Medicina Legal.
Confiamos en el análisis profundo que usted hará de la solicitud, ya que su veredicto influirá en la no discriminación de la mujer en la justicia, que es lo que ocurre con los delitos sexuales, cuando la posible victima se convierte en objeto de la investigación.
Estamos convencidas de la transparencia que lo ha caracterizado y la responsabilidad que tiene al fijar el curso de los procesos.

Cordialmente,



Siguen firmas
 
NOMBRE                                 CEDULA                   FIRMA

_______________            ____________          ___________

CON COPIA A : Red Nacional de Mujeres, Red Nacional de Mujeres por los Derechos Sexuales y Reproductivos, Ruta Pacifica de las Mujeres, Alejandro Santos-Revista Semana, Enrique Santos- El Tiempo Juan, Gonzalo Betancourt-Periódico 15, Sebastián Hiller Galvis-Vanguardia Liberal.

viernes, junio 25, 2004

LA PRENSA Y EL CASO SANDRA

La situación de Sandra ha llamado la atención de la prensa local y nacional:

¿Trampa o ultraje en el caso de Sandra Orejarena? es el titular con el cual el Periódico 15, de Bucaramanga, cubre ampliamente el caso de Sandra Orejarena en su edición No. 45 del mes de junio.

La Revista Semana, en su edición del 13 al 20 de junio, se ocupa del caso en su sección judicial con un artículo titulado Debate Caliente.

Haga click en los enlaces para leer los artículos.

jueves, junio 24, 2004

EL MUNDO AL REVES

Por Catalina Valencia García.

Hay una canción infantil que dice: había una vez un lobito bueno, al que maltrataban todos los corderos, había también una bruja hermosa, un pirata honrado… todas esa cosa había una vez, cuando yo soñaba el mundo al revés.
Por muchas cosas, parece que vivimos en el país del mundo al revés. Imagínese usted que una persona haya sido victima de algún delito, por ejemplo: intento de homicidio o de un robo; esta persona denuncia; detienen al presunto delincuente y cuando se solicitan las pruebas pertinentes para juzgar el caso, le piden a la víctima un certificado de conducta en general, expedido por el último centro de estudios, donde se educó.
¿Acaso la certificación de conducta que expida la institución, puede informar sobre la forma como fue robada, o el monto del robo o cualquier otro dato que aportara datos al proceso?, verdad que esto es insólito.
Imagínese que otra prueba solicitada para determinar si el hecho se produjo o no, es citar al rector o a la directora o al decano de la escuela en que estudió, para que fuera a dar su declaración sobre la víctima. Será que si fue buen o mal estudiante, juicios@ o indisciplinad@, se puede determinar que esa persona merecía ser asesinada o tal vez se busque demostrar que esa persona por su forma de actuar en la escuela o la universidad, no puede ser víctima de un intento de homicidio.
Pero como si fuera poco también pueden pedir que se certifique que una persona tomó materias de farmacología y además que se certifique que sabe del tema, esto para probar si la persona pudo ser emburundangada. (O sea que a un médico toxicólogo no lo pueden drogar en una cerveza).
Ni en este País donde estamos acostumbrados a enfrentarnos a diario con lo insólito, se nos ocurriría pensar que una persona que declara haber sido victima de un delito, resulte siendo la investigada.
Pues no estoy hablando de supuestos sino de hechos reales como los que están ocurriendo en el JUZGADO SÉPTIMO DE BUCARAMANGA, con el denuncio puesto por Sandra Orejarena contra el diputado Jorge Enrique Orejarena, por el delito de acceso carnal violento, en persona en incapacidad de resistir sobre ella. A ella es que se solicita presentar al juzgado certificación de estudios y conducta en general de la escuela de formación de auxiliares de enfermería – EFAS. También su decana ha sido citada al estrado, como si ella hubiera estado en el motel donde ocurrieron los hechos. Además se pidió investigar sobre los conocimientos de la joven en farmacología.

Las mujeres hoy no solamente nos sentimos indignadas por la discriminación de la justicia colombiana al abordar los casos de delitos sexuales. También tenemos muchas preguntas para los juristas de este país. Una mujer que es tímida ¿merece ser violada? Una que es extrovertida ¿no puede ser violada? ¿Podemos aprobar que a una mujer que busca empleo la violen? Una mujer que ha tenido muchos novios ¿no tiene derecho a denunciar su violación? La que ya ha tenido relaciones sexuales y la que no las ha tenido ¿tampoco? Las y los que han estudiado sobre farmacología ¿no pueden ser drogados contra su voluntad?
La pregunta principal a los señores jueces es ¿por qué a las mujeres que denuncian delitos sexuales las convierten en objeto de investigación? ¿Creen acaso que hay algo que una mujer pueda hacer para merecer una violación?, o tal vez existe el supuesto que las mujeres que violan son aquellas que por su comportamiento lo merecían. O peor aún que lo que yo como mujer haga hoy, niegue las posibilidades de convertirme en victima de violación mañana.
Con estos argumentos la doctora Carmen Alicia Mestizo, abogada de Sandra Orejarena, apela las pruebas solicitadas, pero el señor juez JORGE ENRIQUE CARVAJAL HERNÁNDEZ no acepta la apelación y la solicitud pasa al tribunal. Estamos ahora esperando la respuesta.

En el mundo al revés todavía nos preguntamos ¿por qué las mujeres no denuncian los delitos sexuales?

jueves, junio 17, 2004

NOTICIA CASO SANDRA

Audiencia preparatoria.

El pasado 16 de Junio se realizó en el juzgado séptimo de Bucaramanga, la audiencia preparatoria del caso. Estas sesiones acostumbran ser de carácter privado, por lo tanto ni Sandra ni las mujeres de la Fundación asistieron. Sin embargo la sala estaba llena de personajes de la política, acompañando al acusado Jorge Enrique Orejarena. (No supimos en qué momento la sesión se volvió “audiencia pública”)

El acusado nombró en calidad de defensor suplente, al academicista y penalista Dr. Nodier Agudelo Betancur, reconocido a nivel nacional.

La defensa y la Fiscalia solicitaron pruebas adicionales, que tienen dos lineamientos no pertinentes:

El primero: investigar a la victima desde su historia y comportamiento personal. Se solicitan su historia clínica anterior a los hechos, para ver si alguna vez en la vida le fueron recetadas Benzodiazepinas, certificados de conducta e informe sobre el aprendizaje que hizo de farmacología, de la escuela de enfermería. Citan a personas que han tenido oportunidad de conocerla así sea solo de vista, o que hace mucho tiempo no la ven, como es el caso de un novio que tuvo cuando estaba en el colegio. También son citadas las personas que actualmente están investigadas por falso testimonio, y sus amigos.

El otro lineamiento de las pruebas solicitadas al juez, tiende a no reconocer la facultad absoluta que tiene Medicina Legal en los experticios. Y se pide que sean nombrados un toxicólogo y un neurólogo para que revisen los conceptos emitidos por la única entidad reconocida, y con facultades legales concedidas por el Estado colombiano, que es Medicina Legal.

Se observa coincidencia en que las nueve (9) pruebas solicitadas por la defensa, las nueve (9) pruebas que pidió el representante de la Fiscalia, tienden a investigar a la víctima.

El Juez séptimo Jorge Enrique Carvajal Hernández, aceptó todas las pruebas solicitadas por las partes.

La abogada Carmen Alicia Mestizo, interpuso recurso de apelación respecto a lo decretado por el juez en relación con las pruebas, y argumentó entre otras cosas:
Que las pruebas “no son conducentes, ni pertinentes respecto al hecho que se investiga.”
Que “el objeto de la investigación es investigar acceso carnal violento en persona puesta en incapacidad de resistir.”
Que “acá se está investigando a Jorge Enrique… y no a Sandra… Resulta trágico que sea práctica recurrente en los estrados judiciales que cuando una mujer denuncia que a sido agredida sexualmente, la investigada termina siendo ella.”

El abogado de la defensa no le respondió casi nada y es el representante de la Fiscalía, el que controvierte a la abogada.

El juez se mantiene en aceptar todas las pruebas solicitadas por las partes y cita para el 11 de Agosto a la audiencia pública.

El día 23 de Junio la abogada de Sandra presentó el recurso de queja, para apelar ante el tribunal, para que sea ésta instancia la que decida.